Y ahora un poco de Historia de la denominación de decoradores en este país:
1º – año 1963.
Según se establece en la denominación 1.62.30 de la clasificación Uniforme de Ocupaciones de la Oficina Internacional del Trabajo (O I T). “Decorador de interiores” es el que traza los proyectos de decoración y mobiliario de casas, edificios públicos, barcos y otros lugares.Por lo tanto la O. I. T. define la actividad y denominación y en su momento el Colegio Nacional de Decoradores, cuando se creó, adopto esa definición más latina que anglosajona.
En ese mismo año se crean por el decreto 2.127.63, las enseñanzas oficiales y acceso a un titulo académico: Graduado en Artes Aplicadas, especialidad Decoración.
2º – Año 1972.
Las denominaciones usuales en nuestro país son: “”Decorador”” (del latín decus-oris = adorno), y la de “”Interiorista”” ( del latín interior = adentro), Habiendose propuesto como nuevas denominaciones las de “”Enviro Técnico”” (del frances environs = alrededores) y “”Endotécnico” (del griego endon = adentro).
Ninguna de estas denominaciones se corresponden con las utilizadas en el resto de países del mundo, por cuanto la propia Federación Internacional de Arquitectos de Interior (IFI) y como sabrás si estas colegiado, perteneces automáticamente a ella, organización que agrupa a las Asociaciones Profesionales de Arquitectos, Decoradores y Diseñadores de Interiores de todo el mundo establece que el término “Interior Designer” que es el usual en todos los países anglosajones está formalmente reconocido por la IFI y por todas las asociaciones de otros países en los que se utiliza el término “Architecte d´interior”, Innenarchitekt” o “Interior Architect”, según que idioma en cuestión.
Como el Colegio Nacional de Decoradores, creado en 1973 (hoy Consejo General de Colegios de Decoradores/Diseñadores de Interiores) fue miembro fundador de IFI, aceptó esa denominación también.
3º – Claro que hay actividades que se apropian de la denominación de Decorador, pero ya sabemos que ocurre en este país con las normas.
Como también es obligatorio estar colegiado cuando ejerces la profesión de Decorador o Diseñador de Interiores, estés o no obligado a visar los proyectos